El Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
El Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, regula el nuevo régimen de responsabilidad medioambiental con alcance a todas las actividades empresariales.
El propósito es que las actividades empresariales adopten medidas preventivas y eviten efectos no deseados sobre el medio ambiente, y que, en caso de que estos se produzcan, las organizaciones asuman los costes económicos derivados de las medidas necesarias para la reparación de los daños medioambientales causados.
Consiguientemente, la ley implica asegurarse que las organizaciones disponen de fondos económicos para poder responder en caso de reparación. Y para ello, la ley obliga a algunas de las actividades empresariales a contratar garantías financieras.
Para poder determinar la valoración económica a garantizar, las actividades empresariales incluidas en el anexo III deben elaborar el informe de análisis de riesgos medioambientales y, posteriormente, someterlo a un proceso de verificación.
· Promover un Estándar de Calidad Ambiental más exigente que, a su vez, favorezca un aumento de la calidad de vida universitaria.
· Desarrollar un proceso consultivo basado en la participación, promovido por el Vicerrectorado de Infraestructuras y Ampliación del Campus para toda la comunidad universitaria, que mejore la cooperación entre los diferentes órganos universitarios.
· Sensibilizar, formar e informar a todo el colectivo universitario de la repercusión ambiental de las actividades desarrolladas en la UA.
Ofrecer a la sociedad un marco de reflexión sobre las consecuencias de la actividad de la UA, así como facilitar un marco metodológico que sirva de referencia a otras instituciones y administraciones en el tratamiento, resolución y mejora de su problemática ambiental.
El principal beneficio de la Agenda 21 es la integración de todas las actividades empresariales con el medio ambiente, fomentado el desarrollo sostenible y estableciendo esta forma de hacer como guía para el avance de la sociedad.